AMAYA SABORIT ALFONSO
Terribles tiempos fueron aquellos, en los que unos se nutrían del aliento ajeno, socavando esperanzas y explotando anhelos. Para quienes despertaban con la ilusión hueca, con la conciencia harta y la voluntad desecha, se abrió un camino, un sentido posible, una solución patente: otorgar las tierras a quienes la trabajaban. Aconteció un 10 de octubre de 1958, fecha en que se firmara la Ley Agraria del Ejército Rebelde. En plena guerra de independencia, la Comandancia General del Ejército se propuso liberar al campesinado de la explotación, acabar con la injusticia hacia los más necesitados y liquidar finalmente el latifundismo. La conocida en ese entonces como Ley No. 3 del Ejército Rebelde; ofrecía soluciones palpables a las masas rurales; les proporcionaba el derecho de ser dueños de sí mismos, de ser los verdaderos patrones de su trabajo y empresarios de sus propias parcelas. Así, buscaba vías para evitar la pobreza, el abuso y el exceso de poder, en las zonas que para entonces, ya habían sido liberadas. Como aseverara el comandante Guevara en cierta oportunidad: “ (…) Cada uno de los campesinos (…) puede contar su historia personal de la guerra, su historia de sufrimiento, del sufrimiento que todo el pueblo de Cuba debió soportar durante siete años; pero que en las regiones agrarias alcanzó su máxima intensidad”[1]. Esta ley disponía entonces, que se le concediera la propiedad a todos aquellos que cultivasen tierras del Estado, y de igual forma, a los arrendatarios, subarrendatarios aparceros, colonos, subcolonos y precaristas que tuviesen lotes de cinco o menos caballerías de tierra. En este sentido, cuando la extensión era inferior de dos caballerías (26 hectáreas) se les otorgaba gratuitamente a sus poseedores; pero cuando excedía esa cantidad, siempre que no pasase de cinco (67 hectáreas), se les adjudicaba dos de manera gratuita, y se les permitía adquirir por compraventa la cantidad excedente. Por su valía, por su repercusión, por su trascendencia, la Ley No. 3 del Ejército Rebelde, se erigiría como el antecedente inmediato de uno de los más significativos y prioritarios logros revolucionarios: la Ley de Reforma Agraria firmada en la Sierra Maestra, el 17 de mayo de 1959. [1] En los días iniciales del triunfo de la Revolución, a los campesinos de El Pedrero, municipio de Fomento. GRANMA
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